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Delincuencia económica y limitación del precio del alquiler

Delincuencia económica y limitación del precio del alquiler

 

En España, a diferencia del resto de países de nuestro entorno, la forma de ahorrar y garantizar una jubilación o mejor dicho menos gastos cuando pasemos a cobrar una pensión, que es siempre menor a los ingresos que hemos tenido durante nuestra vida laboral, ha sido tener una casa en propiedad. También pensamos en esta vivienda como una forma de herencia para nuestros hijos. Esto provoca que lleguemos a tener, si se puede, más de un piso en propiedad. En nuestro país más del 80% de la población jubilada tiene vivienda propia, y como indicamos esta cifra es muy superior al resto de países de la Unión Europea. Además, tener una segunda vivienda está siendo la salvación de muchas familias en estos momentos de crisis que alquilan ese inmueble y pueden llegar a fin de mes con menos dificultades.

Pero este pequeña ayuda que tienen las familias se ve amenazada, además de por la okupación, por la “Administración” que pretende limitar el precio del alquiler. Una medida fallida en otras capitales europeas, como París y Berlín, y que algunos sectores indican que es Inconstitucional.

Debido a la nueva ley, que tiene una moratoria hasta el 30 de junio, los pequeños propietarios pueden pactar con sus inquilinos subidas por encima del 2%. Los grandes propietarios no podrán acordar subidas por encima de ese umbral. En la práctica, la ley supone que los pequeños propietarios pueden negociar con sus inquilinos una subida superior a ese 2% fijado por el Gobierno. Pero si ambas partes no llegan a un acuerdo, algo que sucederá habitualmente porque nadie quiere que su alquiler aumente, el incremento de la renta no podrá ser mayor a ese 2%. En el caso de aquellos arrendatarios con más de 10 viviendas en propiedad, el acuerdo entre propietario e inquilino tendrá que ajustarse a las normas que marca el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), esto es, no puede subir más de un 2% ni bajar del 0%. Aunque casi el 85% de los contratos que existen en España tiene ligada la revisión a la subida del IPC su regulación mediante Real Decreto supone una inseguridad jurídica ya que no puedes limitar algo que han acordado las partes por contrato.

Controlar los precios de los alquileres en España es un problema que generará más problemas. Regular la economía a ese nivel crea un caldo de cultivo ideal para que las mafias aprovechen el momento y el flujo incesante y regular de “dinero legal” para realizar sus actividades. Además de los clásicos delitos contra las personas que siempre han existido en estos ambientes, como la coacción contra un inquilino, se pueden generar delitos más sofisticados como el blanqueo de capitales. Y, a nivel usuario, va a favorecer la economía sumergida, porque el precio no puede imponerlo un Gobierno, el precio se regula, como siempre, por la demanda del mercado. Y es ahí donde es muy difícil regular las llamadas zonas “tensionadas” del alquiler, si el precio aquí es mayor es por una necesidad que genera el propio mercado, como es la demanda. Además, limitar el precio puede generar que muchos propietarios no pongan sus casas en el mercado lo que aumentará más aún el precio de la zona por lo escaso de la oferta, si no hay viviendas para alquilar las que estén en renta tendrán un precio mayor.

En definitiva, se puede reglar el precio del alquiler por ley, pero es imposible controlar la diferencia económica entre el precio que marca la ley y el precio “real” de mercado. Y es precisamente ese dinero, entre lo que se puede cobrar por el alquiler y lo que realmente se cobra, el que va a generar un atractivo delincuencial que afecta a propietarios y comunidades de vecinos. Esa diferencia es lo que conocemos como dinero “B”.

Imponer el precio de los alquileres en la Comunidad de Madrid se presenta como una medida fracasada, por la experiencia en otras ciudades, que favorece la delincuencia económica y fiscal.

La seguridad total no existe, pero debemos adoptar medidas para ponérselo difícil a los delincuentes.

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