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RTVE condenada a indemnizar a Alfredo Urdaci con 15.000 euros por vulnerar su derecho a la libertad de expresión

RTVE condenada a indemnizar a Alfredo Urdaci con 15.000 euros por vulnerar su derecho a la libertad de expresión

El Juzgado de lo Social número 23 de Madrid ha condenado a RTVE a indemnizar al periodista Alfredo Urdaci, por vulnerar el «derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción» y «el derecho a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica», garantizados por el artículo 20.1 de la Constitución.

Urdaci fue cesado como director de Informativos de TVE en 2004, antes de que se produjera el cambio de Gobierno que llevó a Zapatero a la presidencia. El periodista solicitó una excedencia a Radio Televisión Española que se prolongó, dentro de los plazos legales, durante 10 años. Cuando solicitó reincorporarse, el ente público denegó su petición alegando que los puestos estaban ocupados.

A Alfredo Urdaci, como a otros profesionales de RTVE, le prohibieron hacer podcasts (que, además, no conllevaban ningún tipo de remuneración) justificando una supuesta competencia para la Corporación. Sin embargo, en el caso de otros trabajadores, el ente público sí les permite realizar podcasts y otras colaboraciones externas, lo cual viene a poner de manifiesto una importante falta de trasparencia y de igualdad en las condiciones de los distintos profesionales de la casa.

La sentencia

Además de la indemnización de 15.000 euros a Alfredo Urdaci, la sentencia ordena «el cese inmediato de la actuación contraria a derechos fundamentales o a libertades públicas» y dispone «el restablecimiento en la integridad su derecho» al periodista de RTVE, además de una indemnización de 15.000 euros.

La sentencia -que aún podrá ser recurrida ante instancias superiores-, adquiere especial relevancia por tres cuestiones. La primera, que obliga a RTVE a no vulnerar ningún derecho fundamental de sus trabajadores que, antes que profesionales, son personas (esta no es la primera sentencia en contra de la Corporación por actuaciones similares). La segunda, que expone el restrictivo régimen de incompatibilidades profesionales que impone a sus empleados RTVE y que no aplica en igualdad de condiciones en todos los casos. Y la tercera, que el trabajador al que RTVE debe indemnizar con 15.000 euros por daños morales derivados de esa vulneración de sus derechos fundamentales es Alfredo Urdaci, el mítico presentador de informativos de TVE que ha vuelto a ganar a RTVE en los tribunales.

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