Collado Mediano | Normativa sobre tenencia de animales de compañía en espacios públicos y naturales

El Ayuntamiento de Collado Mediano informa a todos los vecinos de que, tras la derogación de las ordenanzas municipales relativas a la Protección de los Animales de Compañía, Tenencia de Mascotas y Perros Potencialmente Peligrosos (PPP), se aplicará la normativa vigente recogida en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.
Conforme a lo establecido en su artículo 6, relativo a las obligaciones respecto a los animales de compañía, se recuerda que:
La persona responsable de un animal lo será también de los posibles daños, perjuicios o molestias que este pueda ocasionar a personas, otros animales, bienes, vías y espacios públicos o al medio natural, salvo que exista provocación o negligencia de un tercero.
En las zonas donde paste ganado en régimen extensivo, como ocurre en muchos espacios de nuestro municipio, los animales deberán ser conducidos con correa o arnés, para evitar causar molestias o lesiones al ganado.
Se deberá evitar que los animales depositen excrementos u orines en lugares de paso habitual de personas, como fachadas, entradas de viviendas o establecimientos. En todo caso, será obligatoria su retirada y limpieza, utilizando productos biodegradables.
Estas normas serán especialmente exigibles en los caminos que circundan nuestras dehesas y vías pecuarias, áreas en las que la convivencia entre paseantes, fauna y ganado requiere el máximo respeto por parte de todos.
El incumplimiento de estas obligaciones podrá conllevar la aplicación del régimen sancionador correspondiente, según lo previsto en la legislación autonómica.
Desde el Ayuntamiento apelamos al civismo y la responsabilidad de todas las personas propietarias de animales de compañía para garantizar una convivencia respetuosa con el entorno y con el resto de vecinos.
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