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¿Qué alarma instalo en mi vivienda o negocio?

¿Qué alarma instalo en mi vivienda o negocio?

 

Aunque la probabilidad real de sufrir una ocupación en tu vivienda habitual es prácticamente inexistente, últimamente estamos viendo un aumento preocupante de estas acciones. La usurpación de viviendas vacías y el asalto a negocios es algo que siempre se ha producido y que actualmente con la crisis económica evidente que tenemos el repunte es incontrolado.

Son muchas las medidas generales de seguridad que hemos expuesto en artículos anteriores para evitar ser objetivos de los “okupas” e incluso presentamos un “Plan Estratégico Regional de la Comunidad de Madrid contra la Ocupación” donde se detallaban las acciones que la administración debe tomar para ayudar a prevenir este delito y las gestiones que hay que realizar una vez producida la usurpación.

Para combatir esta problemática los sistemas de alarmas son una opción muy recomendable si queremos proteger nuestra vivienda o negocio, y aunque la seguridad total no existe, con estos mecanismos podemos llegar a cuotas muy altas de protección.

Las alarmas son sistemas electrónicos que ante la presencia de intrusos emiten una señal de aviso. Pero no todas las alarmas son iguales y debemos conocer sus características para elegir la mejor opción o la que mejor se adapte a nuestras necesidades.

Alarmas simples: es básicamente un “detector” de presencia que cuando se activa emite una señal acústica de aviso.

Alarma conectada a una Central Receptora de Alarmas (CRA): suelen ser necesario tener que abonar una cuota mensual, la central está disponible las 24 horas y en caso de aviso contacta con el propietario para que determine los pasos a seguir, normalmente llamar a la Policía.

Alarma con verificación: cuando detecta la presencia extraña activa una cámara que comprueba lo que está sucediendo en el interior de la vivienda o negocio, igualmente contactan con el propietario solicitando autorización para actuar conforme al protocolo de seguridad previamente establecido.

Alarma con servicio de vigilante: es el conocido como “acuda” que cuando es comisionado por la central de alarmas inspecciona el estado del inmueble. Además, este servicio hace rondas frecuentes por las viviendas o empresas que tiene a su cargo lo que aumenta considerablemente la seguridad por el efecto disuasorio que tiene la presencia de un vigilante.

Alarmas con grabaciones en la nube: es igual que las anteriores, pero incluye una ventaja que puede ser clave a la hora de demostrar daños o incluso identificar a los autores que es tener las imágenes en una “nube en internet” que permite su recuperación en cualquier momento. Estas imágenes están disponibles el tiempo requerido por ley y se ajustan a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) lo que supone una garantía jurídica para los responsables del tratamiento de estas imágenes.

Alarmas con efecto disuasorio: son menos conocidas y por tanto las menos instaladas, pero en países como Estados Unidos con una legislación más contundente contra los asaltantes están muy popularizadas, nos referimos a las alarmas que cuando se activan emiten un gas lacrimógeno o gas pimienta. La versión europea de este tipo de alarmas es la de lanzar una especie de cortina de humo inofensiva muy densa que impide la visibilidad del okupa.

Estas son algunas de las opciones que existen en el mercado a la hora de decidir qué servicio de alarma necesitamos, pero no hay que olvidar que también disuade al asaltante el cartel que indica que estamos protegidos por una empresa de seguridad.

¿Conoces algún escenario en tu municipio que puede generar un problema de seguridad? ¿En aras de la Seguridad Corporativa conoces o quieres transmitir a tus clientes un posible problema o conflicto de seguridad que le puede afectar?

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